El precio del voto en el sistema electoral español

Written by Libertad y Justicia

febrero 15, 2021

Por Cristina Santabaya. Como muchas otras cuestiones en nuestra Constitución, el diseño de la ley electoral española no está exenta de numerosas críticas, que parecen caer en el olvido hasta que, de nuevo, se convocan elecciones. Estamos hablando, en este caso, del conocido sistema D’Hont. Para ponernos en contexto, hay que recordar que existen, en puridad, […]

Por Cristina Santabaya.

Como muchas otras cuestiones en nuestra Constitución, el diseño de la ley electoral española no está exenta de numerosas críticas, que parecen caer en el olvido hasta que, de nuevo, se convocan elecciones. Estamos hablando, en este caso, del conocido sistema D’Hont.

Para ponernos en contexto, hay que recordar que existen, en puridad, dos grandes sistemas electorales entre los que elegir: el mayoritario y el proporcional, habiéndose decantado nuestros padres constituyentes en 1978 por el segundo. Efectivamente, nuestra Carta Magna en su artículo 68 señala que “la elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional”, correspondiendo este término territorial a las provincias y a las dos ciudades autónomas.

No obstante, este sistema proporcional no consigue más que desproporcionalidad e injusticia cuando, realmente, su razón de ser se correspondería justamente con lo contrario. Y esto se puede observar en sangrantes ejemplos: en 2011, CiU consiguió 16 diputados con alrededor de 1.015.000 votos mientras UPYD conseguía, con aproximadamente 1.143.000 votos, solamente 5 diputados. También se dio el caso de, por ejemplo, en Soria conseguir un diputado con aproximadamente 20.000 votos mientras que en Madrid son necesarios alrededor de 100.000 votos para el mismo resultado.

Estas diferencias en el valor del voto vienen dadas por la elección de la provincia como circunscripción electoral o por que partidos con menos de un 3% de representación no serán tenidos en cuenta. Así, existe un efecto negativo para los partidos con votantes dispersos por toda España, así como para los partidos minoritarios. Son los partidos con votantes concentrados en su circunscripción electoral, así como los grandes partidos los beneficiarios por este sistema: y de ahí su reticencia al cambio.

De modo exacerbado para que se pueda hacer ver la injusticia creada por este sistema, podemos poner de ejemplo el caso de un partido con 300.000 votos repartido a lo largo del territorio español (es decir, con votantes no concentrados por provincias, sino muy dispersos) y otro con 100.000 votantes concentrados en una provincia. Pues bien, con este tipo de sistema, el partido con tan sólo 100.000 votantes concentrados en una provincia, podría obtener representación, mientras que el otro, con el triple de votantes, podría no conseguirla. Ello con todas sus consecuencias, pues al obtener representación parlamentaria, 100.000 habitantes podrían obtener acceso a poner su granito de arena para cambiar una ley que afecta a todos los españoles, mientras el triple de habitantes que opinan de distinta manera, no.

Se puede decir, en definitiva, que los votos tienen precio, siendo más caros en función de la provincia y de la dispersión existente entre los votantes de un mismo partido. De este modo, se dan verdaderas situaciones paradójicas como las que vimos, pudiendo cuestionarnos, de forma razonable, si realmente se trata de un sistema electoral justo y proporcionado o si, por el contrario, deberíamos plantearnos cambiar el sistema hacia un sistema mayoritario o, incluso, mixto. Así, hay partidos que defienden la idea de eliminar la circunscripción provincial para que el voto de cada persona valga lo mismo, es decir, tenga el mismo precio. También hay partidos que optan por valorar otras opciones más complejas como la implantación de un sistema semejante al modelo alemán que, a grandes rasgos, se basa en dos votos: uno al candidato del distrito correspondiente al votante y el segundo, al partido en bloque.

En definitiva, de lo que se trata es de que el sistema electoral elegido reproduzca fielmente la opinión de los españoles y se organicen los órganos legislativos y representativos del Estado de la forma en que el pueblo español, soberano, decida conveniente.

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